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Manual de Convivencia
Manual de Convivencia

PRESENTACIÓN

Apreciado amigo:

Presentamos este Manual de Convivencia Producto de la Investigación, reflexión de los integrantes de los diversos estamentos de la comunidad educativa Técnica Industrial “J.F.H “.Con este instrumento de orientación aspiramos a que aprendas a vivir en forma civilizada en medio de las diferencias individuales, construyendo un ambiente de tolerancia y respeto por los demás.
Este Manual de Convivencia te brinda las orientaciones requeridas a fin de que con esfuerzo y aplicación seas cada vez mejor, con él se te facilita una autentica vida en comunidad, favoreciendo su realización en un ambiente de orden y libertad, estableciendo pautas que te sirvan para formarte integralmente, orientarte, corregirte o estimular tus comportamientos positivos.
Es el conjunto de acuerdos, como su nombre lo indica, para la convivencia y el desarrollo social del Colegio.
Es por tanto un pacto de solidaridad y reconocimiento en la diversidad, al interior de nuestra comunidad educativa.

b. CONSTITUCIÓN POLÍTICA

Es el conjunto de normas coherentes entre sí y constitutivas de un estado.
La constitución política de Colombia establece la educación como un derecho de la persona, un servicio público que tiene una función social; con ella se busca el acceso al conocimiento a la ciencia, a la técnica y a los demás bienes humanos, a la paz y a la democracia en la práctica del trabajo y la recreación, para el mejoramiento cultural, científico. Tecnológico y para la protección del ambiente.

La misma forma establece los derechos fundamentales, la igualdad ante la ley y las libertades de conciencia, de expresión, y la difusión del pensamiento y opiniones, profesión y oficio, enseñanza aprendizaje, investigación y cátedra.

c. CODIGO DEL MENOR

Los derechos fundamentales del menor están consagrados en el Decreto extraordinario 2737 de 1989, titulado como CODIGO DEL MENOR
El Artículo 44 de la Constitución Política de Colombia de 1991 dice: “Los derechos fundamentales de los niños: La vida, la integridad física y la seguridad social, la alimentación equilibrada, su nombre y nacionalidad, tener una familia y no ser separados de ella, el cuidado y amor, la educación y la cultura, la recreación y la libre expresión de su opinión. Serán protegidos contra toda forma de abandono, violencia física ó moral, secuestro, venta, abuso sexual, explotación laboral o económica y trabajos riesgosos.

Gozarán también de los demás derechos consagrados en la Constitución, en las leyes y en los tratados internacionales ratificados por Colombia.

También establece la Nueva Constitución en la responsabilidad d la familia, la sociedad y el estado en la protección del niño para garantizar su desarrollo económico e integral y el ejercicio pleno de sus derechos.

Cualquier persona puede exigir de la autoridad competente su cumplimiento y la sanción de los infractores. Los derechos de los niños prevalecen sobre los derechos de los demás.
También sirven de marco referencial los decretos 2277 de 1979 y 2480 de 1986.

D. CONVIVENCIA SOCIAL

Son las consideraciones sobre la aplicación práctica de la vida en común.
Es la tarea de toda la vida de una persona y de una sociedad.

Las formas de convivencia social no aparecen naturalmente. Son creadas y constituidas por el hombre.
Aprender a convivir y a construir convivencia Itiana requiere del conocimiento de los siguientes aprendizajes básicos:

1. Aprender a no agredir a sus mensajes
2. Aprender a comunicarse
3. Aprender a interactuar
4. Aprender a decidir en grupo
5. Aprender a cuidarse
6. Aprender a cuidar el entorno
7. Aprender a laborar el saber social
8. Aprender a expresar libremente sus ideas sin ningún temor.
9. Aprender a Auto estimarse
10. Aprender a superar las situaciones difíciles de la vida

Estos aprendizaje mantienen una estrecha relación entre sí. Deben ser enseñados.
La convivencia social es la aplicación práctica de una vida en común de la persona y de su sociedad, que se construye y se enseña con el propósito de alcanzar una mayor preservación de la vida, la paz y la felicidad.

E. COMUNICACION

Se estima el procedimiento dinámico que permite el acceso al conocimiento del mundo mediante el intercambio de ideas, experiencias y realizaciones.
El ser humano se comunica con los otros como una necesidad vital.

F. CONDUCTA

Actos repetitivos que caracterizan la personalidad y moral del individuo.
Porte, comportamiento, manera con que los hombres gobiernan su vida o dirigen sus acciones.

G. DISCIPLINA

Regla, orden y método en el modo de vivir. Es así mismo la observación y cumplimiento de las normas que rigen las interrelaciones e interacciones entre los diferentes elementos de la vida escolar y garantizar el bienestar, el trabajo y el orden del plantel.

H. DEBER

Aquello a que está obligado el hombre por los preceptos morales o por las leyes naturales ó positivas.
De define en sentido general como obligación, la necesidad de hacer y desarrollar actividades de diversa índole, ya bien sea de carácter individual o colectivo. Lo ideal sería que se realizara sin ninguna imposición o restricción a los deberes y a las necesidades son una serie de normas comprendidas dentro de este MANUAL DE CONVIVENCIA que se responsabilizan u obligan todos los miembros de la comunidad educativa del Instituto Técnico Industrial "JUAN FEDERICO HOLLMANN".

I. DERECHOS

Facultad natural que tenemos de hacer todo lo que sea nuestra voluntad, a no ser que la ley lo prohíba, ó nos lo impida la fuerza ajena: Facultad de hacer y exigir todo aquello que la ley ó la autoridad establece en nuestro favor, ó que el dueño de una casa nos permite en ella.
Señalamos particularmente, como el conjunto de normas y preceptos que regulan las relaciones de la comunidad Itiana, que les permita a todos sus miembros tener la facultad de hacer y exigir de los otros una determinada conducta o prestación de servicios o bienes.

J. ESTIMULOS O MERITOS

Serie de mecanismos o instrumentos contemplados en el Manual de Convivencia Itiano que inducen a cada miembro de la comunidad educativa a su realización personal.

K. CORRECTIVOS U OPORTUNIDADES PEDAGOGICAS

Conjunto de procedimiento que contribuyen a mejorar el comportamiento del estudiante, del padre, de la familia y de los docentes, después de infringir las normas establecidas.

L. FALTA

Defecto o privación de una cosa necesaria o útil. Defecto en el obrar, quebrantamiento de la obligación de cada uno. Comportamiento que infringe las normas ya establecidas y que amerita un correctivo y/o sanción.

LL. SANCION

Pena que establece la Ley para el que la infringe. Mal dimanado de una culpa o yerro y que es como un castigo o pena “Acción que se aplica después de un comportamiento negativo con el propósito de que éste no se repita y genere un cambio actitudinal”.

M. COMPORTAMIENTO

Conducta. Manera de portarse, “Forma o manera de actuar”. Es lo que hace o deja de hacer cada vez que enfrenta una determinada situación.
El comportamiento de una persona es la forma como ella reacciona usualmente ante una situación determinada.

Nuestro comportamiento se puede clasificar o enmarcar en uno de estos tres campos.

• Comportamiento cognoscitivo (Referente a los conocimientos)
• Comportamiento afectivo (Referente a efectos, estado de ánimo)
• Comportamiento psicomotor (Referente a los movimientos)

Se debe tener siempre en cuenta que la reacción de una persona puede ser tanto que ella haga algo como que no haga nada en la situación que encara.

En conclusión el comportamiento cognoscitivo, como afectivo y psicomotor se puede manifestar tanto por lo que la persona hace por lo que deja de hacer.




N. DOCENTE O EDUCADOR

Es la persona idónea poseedora y amparada por el Escalafón Nacional, para el desempeño de su profesión de enseñar y además para las funciones de:
Dirección, Coordinación, Coordinadores de Areas, Orientadores de Grupo, Turnos de Disciplina y de Consejería dentro y fuera de las instituciones educativas.

Ñ. PADRES DE FAMILIA.

Son los progenitores de los alumnos, responsables de la educación de sus hijos que se comprometen ante el ITI “JFH”. A firmar el documento de matrícula , para acatar los reglamentos y normas que rigen la Institución en cuanto compete a las obligaciones y responsabilidades del educando y de ellos.

O. ALUMNO O ESTUDIANTE

Cualquier discípulo respecto de su maestro, de la materia que está aprendiendo o de la escuela oo clase, colegio o universidad donde estudia, Persona que actualmente está cursando en una institución educativa las áreas propias para su formación integral.

P. ACUDIENTE

Persona aceptada por la institución como responsable de un educando por Encargo directo del padre de familia o de quien haga sus veces (según la ley), Desde el momento del acto de la matrícula hasta la finalización de año lectivo.


DERECHO DE LOS EDUCANDOS
LOS DERECHOS DEL SER HUMANO SON IRRENUNCIABLES


“Estos están en el individuo y en su condición de persona”.
Conoce y reclama tus derechos respetando los derechos de los demás “son alumnos del Instituto Técnico Industrial “JUAN FEDERICO HOLLMANN” las personas que llenando los requisitos legales y los que establece el Proyecto Educativo Institucional PEI, firman juntos con sus padres o acudientes la matrícula, hecho que implica aceptar integralmente el Proyecto Educativo Institucional PEI y el presente Manual de Convivencia de la Institución.
Todo alumno matriculado tiene los siguientes derechos:

DERECHOS INTEGRALES

Los educandos tendrán derecho a reunirse en Asamblea General y particular y podrá realizar manifestaciones dentro del Colegio siempre que:
No interfiera el desarrollo normal de las actividades docentes y/o administrativas.
No presentes atropellos, se pretexto de expresar inconformidades, haciendo uso de lenguaje ofensivo contra alguna persona de la comunidad educativa.
Se realicen en los espacios abiertos de la institución.
No degeneren en hechos de violencia verbal o física contra los miembros de la comunidad educativa, o bienes de particulares y/o bienes de la Institución.
A la luz de la Constitución Política,, el alumno tiene derecho a recibir una educación de credo, raza, posición social o política.

Al igual que ser respetado como persona, como estudiante y como miembro de la sociedad, tanto por sus superiores como por sus compañeros estudiantes y demás empleados de la Institución.
Al ser respetado en su integridad física y bienes personales.
A utilizar como medio de expresión las carteleras que serán fijadas en los sitios establecidos por el plantel, periódicos orientados por los profesores u otro tipo de publicaciones.

DERECHOS GENERALES

1. Recibir una educación con sagrados en el Proyecto Educativo Institucional PEI .
2. Participar dinámicamente en las actividades desarrolladas en la Institución. Tales como eventos sociales, culturales, recreativos y deportivos.
3. Se atendido oportunamente y con amabilidad por los superiores, recibiendo de ellos buen ejemplo y tratamiento adecuado.
4. Recibir las clases y estar presente en todas las actividades curriculares, ser evaluado de acuerdo con las normas vigentes (Decreto 1860 de Agosto 3/94) Artículo 47,48,49,50, 51, 52 y 53 .
5. Ser informados oportunamente por los educadores sobre los resultados de las evaluaciones, trabajos escritos, talleres y otros en cada una de las áreas y recibir las actividades complementarias de refuerzo, recuperación y profundización de acuerdo con el resultado de la evaluación.
6. Ser respetados por los directivos, personal Administrativo, de servicios generales y compañeros en su persona y en sus pertenencias, en su integridad física, moral y su dignidad personal, no pudiendo ser objeto en ningún caso de trato degradantes o que supongan menosprecio de su dignidad, no de castigos físicos y psicológicos. Constitución Nacional Artículo 11 y 12 El Derecho a la vida es inviolable. No habrá pena de muerte.
Nadie será sometido a desaparición forzada, o torturas ni a tratos o penas crueles, en humana o
. degradantes.
7. Al ser escuchados sus iniciativas y sugerencias que contribuyan al desarrollo y buen funcionamiento académico, disciplinario, curricular y disciplinario de la comunidad.
8. A ser escuchados en sus reclamos cuando los realicen en forma adecuada y atendiendo el conducto regular establecido, fundamentados en razones verdaderas, las cuales serán resueltas oportunamente.
9. Recibir asesoría y orientación permanente en lo referente a problemas de índole personal, académico o disciplinario por parte de las directrices y educadores.
10. Solicitar permiso ante la Coordinación de Disciplina para ausentarse del colegio previa autorización del padre de familia o acudiente.
11. Recibir los estímulos a que se haga merecedor por su rendimiento académico, colaboración, comportamiento, superación, representación del colegio en eventos deportivos, científicos, culturales y otros.
12. Recibir la educación necesaria para su formación integral (Código del Menor Artículo 331 y Constitución Política de 1991 Articulo 67).
“Todo menor tiene derecho a recibir la educación necesaria para su formación integral. Esta será obligatoria hasta el grado 9º. De Educación Básica y gratuita cuando sea prestada por el estado.”

13. “Interponer acción de tutela mediante un proceso legal, cuando sus derechos sean vulnerados
o amenazados.”
Artículo 86. Constitución Nacional. Toda persona tendrá derecho a acción de tutela para
Reclamar ante los jueces, en todo momento y lugar, mediante un procedimiento preferente y sumario, por si misma o por quien actúe en su nombre, la protección inmediatamente de sus derechos constitucionales fundamentales, cuando quieran que estos resulten vulnerados o amenazados por la acción o la omisión de cualquiera autoridad pública. El fallo será de inmediato cumplimiento.

14 Conocer los comunicados o anotaciones realizados por los Educadores, los Coordinadores y el Rector, dejando constancia con la firma en el instrumento de seguimiento; lo mismo que el resumen en la ficha observador del alumno, consignado en cada período con las firmas legales del Orientador de Grupo, Padre de Familia y el Alumno con su correspondiente fecha.
15 Igualdad de oportunidades promovidas mediante la no discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, capacidad económica, nivel social, limitaciones físicas y libre desarrollo de su personalidad.
16 Recibir clases diariamente al igual que sus descansos pedagógicos. El caso de la no asistencia del educando a su clase, el profesor comunicará, ésta al director de Grupo y éste a la Coordinación de Disciplina (Artículo 313 y 314 del Código del Menor) Articulo 313. Los Directores de los Centros Educativos velarán por la permanente asistencia del menor a su establecimiento, procurarán evitar que se presente la deserción escolar e investigarán las causas de la misma, si ésta se presentarse.
Artículo 314. Para cumplimiento del Artículo anterior, el Director del establecimiento educativo citará a los padres del menor cuando se presenten dos(2) o más ausencias injustificadas en el mes.
Si se establece que el responsable es el Padre, el Director del establecimiento remitirá el informe
a la autoridad competente para que se apliquen las sanciones contempladas en este capítulo.

Si el responsable fuere el menor se le amonestará y exhortará a los padres; si persistiere la conducta, el director del centro remitirá al menor al defensor de familia, con el objeto de que se adelanten las diligencias de protección pertinentes.


DERECHOS INSTITUCIONALES

a. El Estudiante tendrá derecho a elegir y ser elegido representante ante el Consejo Directivo y/o Personero Estudiantil.
b. A ser informado de los cambios en el horario normal de su curso o de cualquier otra índole que tenga que ver con el educando.
c. Participar en la Planeación y Evaluación del Proyecto Educativo Institucional PEI.
d. Recibir los servicios de Bienestar Estudiantil que ofrezca el Instituto.
e. Hacer sugerencias, insinuaciones, peticiones y reclamaciones en forma respetuosa que apunten a la buena marcha del Colegio.
f. Al igual el alumno tiene derecho a participar en actividades de formación social, espiritual, deportivas y culturales que se programen en el Instituto.
g. Al utilizar el servicio de Biblioteca, dentro del reglamento de la misma.
h. Al utilizar el servicio de la Biblioteca, dentro del reglamento de la misma
i. El Estudiante tiene derecho a la cultura y recreación y a la libre expresión de su opinión.




DERECHOS ACADÉMICOS

a. El Alumno tiene derecho a conocer el primer Lunes del mes de Febrero la Programación Académica de todas las Areas del conocimiento, de tecnología del año académico respectivo.
b. El Educando tiene derecho a conocer la forma como va a ser evaluado y el resultado de su evaluación y si cree que se ha obrado injustamente o hay error, a que se revise su evaluación.
c. Utilizar responsablemente los recursos didácticos que posee el Instituto, indispensables para el proceso enseñanza- aprendizaje.
d. A ser recibidos en clases y participar de las enseñanzas, explicaciones y experiencias que imparten sus profesores, siempre que no haya sido sancionado con suspensión por la comisión de faltas graves.
e. A no ser sancionado con disminución en las calificaciones de las áreas, tanto académicas como las propias de la Modalidad; por faltas disciplinarias.
f. A conocer oportunamente las evaluaciones parciales o definitivas, así como las faltas de asistencia, es decir antes de ser pasadas a planillas oficiales y entregadas a la Coordinación Académica.
g. Cuando por razones de enfermedad u otra calamidad familiar presente excusas hasta después de 48 horas de haberse reintegrado y que por ello no cumpliese con sus obligaciones académicas, el alumno tendrá derecho a presentar sus evaluaciones o trabajos una vez se reintegre al instituto, previo visto bueno de los Coordinadores Académicos, Disciplina y Tecnológico y dentro de las fechas señaladas por el Instituto.

DEBERES Y RESPONSABILIDADES DE LOS ALUMNOS

a. El hombre es un ser que vive en sociedad y necesita convivir y compartir con los demás, el cumplimiento a sus deberes que le ayudan al crecimiento personal, a la formación de su voluntad y a su realización como persona.
Acatamos las normas para que la convivencia en el ITI se haga viable y más amable.
Asistir diariamente a clases según el horario establecido y permanecer en el Instituto y los sitios asignados durante toda la jornada,, para las actividades educativas.

b. Asistir al colegio y a los demás actos que lo requieran con el uniforme respectivo, debidamente presentado. (Encajado y sin accesorios extravagantes, las niñas no podrán venir demasiadas maquilladas; ni uñas con pinturas con colores demasiados llamativos. Los uniformes son tres: Uno para aulas, el de diario es pantalón azul, suéter blanco con vivos verdes y blanco y blusa blanca, zapatos negros, medias blancas, zapatos negros y medias blancas. El bombero azul turquí, para seguridad industrial en los talleres, para Dibujo Técnico, bata blanca y zapato negro. El de Educación Física camiseta blanca, sudadera verde con vivos blancos, medias blancas y zapatos blancos. La Banda Estudiantil tendrá su propia presentación con el querer de los padres de familia, integrantes y el Comité. Los colores de uniforme serán cambiados en asamblea de Padres de familia.
c. Portar el carné en el bolsillo de la camisa del uniforme durante su permanencia en el colegio y en la Jornada contraria cuando el educando requiera estar en el instituto.
d. Presentar las evaluaciones de conocimientos en las fechas que se establezcan en acuerdo con los Profesores de las áreas ó asignaturas respectivas.
e. Observar buen comportamiento en las formaciones de comunidad y durante el desarrollo de las clases.


f. Tratar respetuosamente al Rector, Coordinadores, Profesores, Empleados y demás miembros de la comunidad educativa.
g. Mantener una presentación personal pulcra, lo mismo que el uso permanente de un vocabulario docente.
h. Velar dentro y fuera del Plantel por el buen nombre de éste, lo mismo que por su patrimonio físico y cultural.
i. Participar en todas las actividades curriculares programadas dentro de los diferentes proyectos que se desarrollen en la Institución.
j. Aprovechar al máximo el tiempo libre,, cuando la asignatura señalada no se dicte por cualquier motivo, o cuando el Colegio en un día laboral desarrolle una actividad académica administrativa.
k. Asistir a clases de Educación Física con el uniforma respectivo, acatar las normas de cada disciplina deportiva, cumplir los entrenamientos programados y en caso de incapacidad física presentar la certificación médica correspondiente.
l. No traer a la Institución sin la debida autorización: cámaras fotográficas, radios, radio grabadoras, niniataris, celulares, radioteléfonos, filmadoras, etc.
No establecer ventas d útiles escolares, alimentos o distribución de estos artículos, en la institución con fines comerciales.
No alterar los informes calificaciones o comunicados que expide el instituto.
Conservar los avisos y publicaciones colocados en carteleras sin ningún tipo de alteración.
m. Traer implementos deportivos al establecimiento, solo con previa autorización de los profesores de Educación Física y Deportes o de los Coordinadores de Formación.
n. El respeto por los bienes de los demás es una virtud que debe cultivarse en cada instante y ayudar a fomentar esta cualidad de tus compañeros evitando traer al establecimiento artículos de valor, dinero en cantidad, de cuya pérdida no se responsabiliza la institución, No retener nada sin el permiso d su dueño ni siquiera por juego.
Ñ Respetar y acatar la Constitución Nacional y las Leyes vigentes en el territorio Nacional.
o. Respetar los símbolos patrios: nacionales, Departamentales, Municipales y del Colegio.
p. No atender a personas ajenas a la institución en horas de clases.
q. No interrumpir las clases con gritos, sonidos radiales o utilizando sustancias que contaminen el ambiente del aula.
r. Conocer el Proyecto Institucional PEI y los demás proyectos pedagógicos.
s. Ejercer una libertad responsables teniendo en cuenta los derechos y deberes de los demás.
t. Cultivar relaciones de solidaridad y hermandad estando dispuestos a la solución de diferencias y/o conflictos a través de circulares comunicados y citaciones.
u. Evitar acciones de juego en las aulas, laboratorios y talleres.
v. Cuidar de su salud y la de los demás no portando armas, ni traficando o consumiendo drogas alucinógenos o narcóticas, que estén sometidas a control y prohibición de las autoridades. No fumar cigarrillos no ingerir alcohol dentro del plantel y evitar la prolonganización de actuaciones escandalosas como consecuencias del consumo de alcohol o drogas. Queda determinantemente prohibido el porte de armas de fuego, cortantes, corto-punzantes, dentro y fuera del Instituto.
w. Averiguar el motivo por los cuales, cualquier miembro del cuerpo docente no asiste al desarrollo de las clases o la institución suspenda las actividades académicas.

COMPORTAMIENTOS DE INDISCIPLINA QUE IMPLICAN SANCIONES

Constituyen faltas a la Disciplina los siguientes casos:
1. Inasistencia reiterada a la institución o impuntualidad a las clases y demás actos realizados.
2. Deficiencia en la higiene y presentación personal así como el aseo y limpieza de la institución.
3. Conversación o gritos que interrumpan las clases y procesos de estudios, desordenes en la formación y actos generales de la comunidad.
4. Vocabulario descomedido y soez y trato descortés para con los superiores, profesores, compañeros o cualquier miembro de la comunidad educativa.
5. Realizar durante la clase y demás actos académicos, culturales y curriculares asuntos diferentes a los que correspondan para cada caso.
6. Portar grabadoras, radios, videos, ataris o cualquier objeto que provoque distracción de los compañeros y con lo cual se interrumpan las labores académicas.
7. Rasgar, mutilar, alternar, destruir o apropiarse de los avisos, publicaciones e informaciones colocados en cartelera.
8. Colocar en cualquier parte del cuerpo de miembros de la comunidad letreros u objetos que conlleven a la burla, desordenes y provoquen perturbación de las actividades escolares.
9. Transitar por las avenidas, pasillos o dependencias en pantalonetas o vestidos inapropiados en día hábiles.
10. Traer implementos deportivos a la institución sin que medie la autorización de los profesores de educación física y deportes o de los coordinadores.
11. Cambiar su puesto o silla del lugar asignado en las aulas, laboratorios o talleres sin la debida autorización.
12. Marchar, rayar, destruir los pupitres, sillas, mesas etc. Y cambiar el número de identificación asignado a cualquiera de ellos.
13. Destruir los envases de refrescos de la cafetería.
14. Negarse a informar al padre de familia o acudiente cuando haya sido oficialmente notificado.
15. Escalar, muros, mallas o paredes para entrar o salir del establecimiento.
16. Empeñar los útiles escolares de su propiedad o de los compañeros para cualquier fin.
17. Escribir en las paredes, sillas, muros o marcharlos bajo cualquier pretexto.
18. Fumar o ingerir bebidas alcohólicas dentro de las instalaciones del plantel o en su contorno.
19. Practicar juegos de azar en el plantel, que incluyan apuestas en dinero o en especie.
20. Desatender o responder en forma grosera las observaciones que se le formulen.
21. Participar en tumultos o corrillos que traigan como consecuencia el desorden y la indisciplina y hecho vandálicos.
22. Incitar a los compañeros estudiantes al desconocimiento de las normas de la institución y de las órdenes emanadas de la directiva y de los educadores.
23. Llamar con apodos a directivos, profesores, empleados o compañeros.
24. Sustraer cercenar o destruir documentos tales como registro u hoja de vida de los estudiantes que pertenezcan a los profesores
25. Usar en forma inadecuada el uniforme de diario, de educación física y de taller.
26. La presencia en sitios o lugares de la institución en tiempo no autorizados, por corresponder a actividades diferentes no programadas.
27. El Incumplimiento en los trabajos de clases individuales o de grupo que correspondan a actividades de aprendizaje debidamente diseñados por los docentes.
28. El uso de gorras, kepis , boinas, sombreros, valacas o adornos para la cabeza, dentro de las aulas de clases, laboratorios, talleres y en la formación general.
29. Provocar desordenes a la entrada o salida del instituto, presentarse a él sin el uniforme correspondiente a su labor del día. No acatar las normas dadas sobre el uso de los uniformes que en nuestro caso son tres (diario, taller y educación física). Las damas están prohibidas d usar maquillajes, pinturas, adornos y prendas llamativas o extravagantes.
30. El incumplimiento de cualquiera de los aspectos consignados en los deberes y responsabilidades dentro del presente Manual.

CONDUCTAS QUE MERECEN CENSURAS Y SANCIONES

Son conductas que merecen y deben ser censuradas y sancionadas por la instancia educativa correspondiente de la institución docente:
1. Agredir de hecho o de palabra a su superior, o un compañero o cualquier miembro de la comunidad.
2. Alterar documentos, libros de evaluaciones, registros de asistencia, certificaciones de estudio u otros.
3. Atentar contra la propiedad privada.
4. Atentar contra las instalaciones, equipos, muebles o enseres de la institución.
5. El uso persistente de vocabulario soez
6. El mal comportamiento dentro o fuera del instituto portando los uniformes de la institución.
7. La práctica de juegos de azar dentro del instituto o fuera de él portando el uniforme.
8. El irrespeto de hecho o de palabra a cualquier integrante de la comunidad educativa dentro y fuera del instituto.
9. El desorden en los actos comunitarios. El toque arbitrario de la campana.
10. Utilizar el nombre del Instituto en forma fraudulenta o despectiva en las calles, parques, bares, billares, lugares de lenocinio, campos comunitarios, etc.
11. Saltar la malla del plantel.
12. Portar distribuir o elaborar documentos, revistas, dibujos pornográficos que atenten contra la moral y buenas costumbres. Las ausencias colectivas sin previa autorización.
13. Consumir o traficar dentro o fuera del instituto cualquier dosis de marihuana, bazuco, cocaína L.S.D., u otras sustancias dañina para la vida humana.
14. Las relaciones sexuales dentro del plantel, ya sean homosexuales, heterosexuales o bisexuales, cuando sean sorprendidos y/o comprobados.
15. Comportamientos inadecuados considerados socialmente por la comunidad y que desdiga de la buena formación y sana costumbre dentro y fuera del instituto.
16. Atentar en cualquier forma contra la integridad de algún miembro de la comunidad.
17. El reiterado desconocimiento de alguno de los aspectos contemplados en los deberes y responsabilidades del presente Manual y en las fallas a la disciplina.
18. Hurtar objetos, útiles o bienes del colegio, de los compañeros o cualquier miembro de la comunidad.
19. la comisión de hechos graves calificados por las leyes; entre otros:
Cualquier acto que una u otra forma atente contra el derecho a la vida.
El atraco a mano armada.
El chantaje, extorsión, secuestro y sicariato.
La corrupción de menores
Atentar contra el patrimonio natural ecológico
Portar o guardar armas
Incurrir en actos contra la moral y buenas costumbres

Para el Instituto Técnico Industrial “Juan Federico Hollmann” son más formativos los estímulos que las sanciones, los compromisos o promesas que las amenaza, la persuasión que el castigo.
Pero si a pesar de estas consideraciones se hace necesario emplear la sanción, se tendrá en cuenta que su objetivo sea el de provocar un juicio crítico que inicie un proceso de rectificación en el interior del educando.
Nunca se aplicará una sanción como medio de presión o de venganza o como una demostración de autoritismo o para dar satisfacción a un adulto contrariado.
Sólo se justificará la sanción cuando el acto o hecho traumatiza la labor del grupo o cuando se crean hábitos indeseables o negativos en la persona, es decir, cuando se convierte en PROBLEMA.
En el boletín informativo a los padres de familia y a los educandos aparecerán los juicios en forma comprensible acerca del comportamiento de éstos, para que puedan apreciarse los avances en el proceso de formación integral.

CORRECTIVOS U OPORTUNIDADES PEDAGÓGICAS Y SANCIONES

Son estrategias o acciones tendientes a modificar o mejorar comportamientos inadecuados del educando en situaciones irregulares, conllevando al estudiante a una condición de ánimo receptivo, de reciprocidad y aceptación de las sugerencias y observaciones inherentes a su comportamiento y condiciones de estudiante ITIANO.
De acuerdo con la gravedad de la falta se procederá así:
1. Diálogo con el educando para llevarle a la reflexión respeto a su comportamiento de lo cual debe quedar constancia escrita.
2. Amonestación verbal. Con anotación en el Libro observador del alumno por parte del director de grupo, cuando se tenga conocimiento de la reincidencia en la comisión de nueva falta.
3. Amonestación escrita. Proceso que debe realizar el Coordinador de Disciplina mediante acta firmada por el estudiante y el Director de Grupo. Se debe verificar el correspondiente registro en el OBSERVADOR del alumno y se debe comunicar al Padre de Familia o acudiente.
4. Notificación perentoria al Padre de familia o Acudiente. Si persiste la situación o si se trata de un comportamiento indeseable, el Coordinador de Disciplina se pondrá en contacto con el estudiante y el Orientador o Consejero Escolar y se realizará citación al Padre de Familia o Acudiente, quienes en conjunto analizarán el problema y fijarán metas o compromisos concretos. De esta diligencia se dejará claro o constancia en el OBSERVADOR del alumno, y el Padre de familia o Acudiente firmará el acta correspondiente a la diligencia adelantada.
5. Contrato Académico y/o Disciplinario La reincidencia en el desconocimiento a las normas disciplinarias del presente Manual, que amerite la segunda notificación del Padre de Familia o Acudiente será de conocimiento de la Rectoría y conllevará a la forma de un contrato de carácter académico y/o formación que comprometerá a educandos, padres de familia, coordinador y rectoría.
6. Retiro temporal del Establecimiento. De acuerdo con la gravedad y recurrencia de faltas a la disciplina consignadas en el presente Manual, la Rectoría podrá establecer sanciones hasta por cinco (5) días hábiles de retiro de clases mediante resolución motivada con copia a la dirección del núcleo correspondiente.
7. No renovación de Matrícula La comisión de las faltas tipificadas como conducta deficiente motivará la no renovación de matrícula para el alumno infractor hasta por dos (2) años lectivos, decisión que será tomada por los Consejos Directivo previo cumplimiento del debido proceso.

PARÁGRAFO 2º. Si la falta es grave y los directivos de la institución consideran que ésta supera la gradualidad anteriormente mencionada se puede recurrir a la aplicación de la sanción en forma inmediata, en todo caso se le dará al educando la oportunidad de presentar sus descargos.

PARÁGRAFO 2º. Se determina la conducta deficiente cuando el educando en forma repetitiva y sistemática y a pesar de los correctivos previstos en el presente Manual, viola los deberes y prohibiciones.

CONDUCTO REGULAR

Es medio adecuado de que dispone el educando para solución rápida a los problemas.
Se establece el siguiente orden:
1. Profesor de la Asignatura o Área: Corresponderá el tratamiento del problema si se presenta en su clase y es leve.
2. Orientador de Grupo: Conocerá la situación del problema y buscará solución concertada. Si no es de su competencia remitirá el asunto a quien corresponda.
3. Coordinador Académico: Si la situación es de este orden gestionará diligencias y derroteros que brinden solución oportuna.
4. Coordinador de Disciplina: Atenderá las situaciones inherentes.
5. Orientador Escolar o Consejero (Psicólogo) Coordinará la situación presentada y brindará pautas para su control y seguimiento.
6. Rector: Procederá y coordinará acciones correctivas y pedagógicas bajo su orientación y asesoría.
7. Cuando un estudiante no haya sido atendido por una instancia, podrá acudir al Consejo Directivo o Académico según lo que ameriten las circunstancias generadoras del conflicto.

ESTIMULOS Y MERITOS

El Instituto conferirá estímulos a los educandos que se destaquen por su rendimiento académico, desempeño deportivo, cultural, recreativo, buen comportamiento, cooperación y solidaridad tendiente a favorecer su formación integral y mantener la buena imagen del plantel.

Se establece la siguiente categoría de Estímulos:

1. La exoneración del pago de matrícula y pensiones para el mejor estudiante de cada grupo que haya obtenido los máximos logros en su rendimiento y desarrollo integral a juicio de la comisión de evaluación y promoción, en concordancia con la Ley 115 y el Decreto 1860.
2. Mención de honor para los tres (3) mejores educandos que hayan superado los logros propuestos en las diferentes áreas, en los aspectos que contempla el numeral anterior .
3. Mención de Honor para el educando que se haya destacado a criterio de sus compañeros de grupo, como el mejor compañero.
4. Placa de Honor al Mejor estudiante del plantel.
5. Placa de Honor al estudiante que obtenga los mejores resultados en la práctica de las Pruebas Nacionales.
6. Exoneración del pago de matrícula para aquellos estudiantes que a juicio de la directiva y profesores se distinguieron por sus permanentes colaboraciones para con el colegio y la comunidad.
7. Los estudiantes que se destaquen por su disciplina y buen rendimiento académico y se hagan acreedores a los valores que identifiquen el buen alumno ITIANO, izarán el Pabellón Nacional, del Municipio y del Colegio, de acuerdo con los honores de acuerdo con el cronograma que los organizadores diseñen para tal fin.
8. Los estudiantes que respetan a la institución en justas deportivas, eventos culturales, etc., serán merecedores del reconocimiento público ante la comunidad educativa.
9. Los estudiantes que se destaquen en actividades científicas, tecnológicas, artísticas, deportivas, culturales representarán a la institución en los eventos en que haya sido invitada y gozarán de permisos especiales en el cumplimiento de las obligaciones académicas y tecnológicas que aplacen por tales circunstancias.
10. Los estudiantes que integren distintos comités o grupo creativos, se harán acreedores al reconocimiento público por parte de la comunidad educativa.
11. Los estudiantes reconocidos por sus meritorias faenas personales en cualquier aspecto, serán presentados en cuadro d honor, exaltando su encomiable labor y ponerla como ejemplo ante toda la comunidad.

EXCUSAS Y PERMISOS

1. La ausencia a cualquier acto programado en la institución por razones de incapacidad física, calamidad familiar o fuerza mayor, podrá excusarse únicamente cuando el estudiante, su padre o acudiente comprueben suficientemente ante el Coordinador de Disciplina la razón de tal ausencia.
Si no se explica la ausencia en el término de dos (2) días (48) horas, se entiende que el educando no asistió voluntariamente y sin razón, lo cual le hará acreedor a las sanciones académicas y disciplinarias a que hubiere lugar.
1. Las fallas a clases dictadas que sobrepases el 25% darán por perdido el curso, aunque haya cualquier justificación. De acuerdo con lo establecido en la Ley 115 y el Decreto 1860.
2. Los permisos para salir de clases le concederán el respectivo profesor, pero para salir del plantel o para dejar de asistir a clases los concederá el Coordinador de Disciplina.
3. Cuando las ausencias a clases se prolonguen por más de tres (3) días, los estudiantes deberán presentar la comprobación médica en el caso de quebrantos de salud o documento probatorio en el caso de grave calamidad familiar.
4. Los alumnos incapacitados físicamente para desarrollar la clase de educación física deberán presentar ante el Coordinador de Disciplina la certificación expedida por el médico del plantel.
Esta incapacidad permitirá al estudiante no practicar ejercicios físicos, pero deberá asistir a clases en la hora señalada y cumplir con otras actividades señaladas por el profesor.
5. Para representar al establecimiento, en eventos juveniles, deportivos, grupos juveniles,
Científicos, etc. Los permisos los concederá el Coordinador de Disciplina, previa solicitud de las personas o instituciones responsables de los mismos con la autorización escrita de los padres y/o acudientes. (Código del Menor. Articulo 313 y 314.
7. Para ausentarse del establecimiento antes de concluir la jornada, los permisos serán conferidos
por la Coordinación de Disciplina, previa solicitud escrita y/o acudientes. En caso de citas
médicas y odontológicas deben presentar las constancias de estas (Código del Menor- Artículo
313 y 314)
NOTA: Las directivas del Instituto, no asumen responsabilidad alguna por accidentes u otras situaciones que se presenten cuando los alumnos se ausenten del establecimiento por solicitud de los padres y/o acudientes. En los casos de los eventos accidentales de los estudiantes ocurran dentro del plantel o fuera de él en cumplimiento de acciones estudiantiles, la responsabilidad civil correrá por parte de la compañía que ampare la póliza de seguros por accidente que ampara al estudiante desde el momento de la matricula y por 365 días, en el caso de que el estudiante la suscriba voluntariamente.
Es responsabilidad de los estudiantes ponerse al día en lo tocante a los procesos del desarrollo de actividades académicas, evaluaciones y cualquier tipo de trabajo realizados durante su ausencia.

FUNDAMENTO DE LAS EXCUSAS

Las excusas, serán recibidas por la Coordinación de Disciplina dentro de los dos (2) días hábiles y posteriores a la ausencia del estudiante. Dará el visto bueno para presentar trabajos, evaluaciones y otras obligaciones que le correspondan. Las excusas respaldadas por certificación médica tendrán aprobación inmediatas.

DERECHOS Y COMPROMISOS DE LOS PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTES

En razón de que el hogar y el centro educativo son “los estudios ideales para ayudar al estudiante a convertirse en persona capaz de regularse a sí misma”, se requiere establecer la participación activa de los padres de familia o acudientes determinando los derechos y compromisos para el logro de esta importante misión.

DERECHOS:

1. Obtener información oportuna relacionada con la filosofía del plantel, su proyecto educativo
institucional (PEI), objetivos, misión y programas del colegio.
2. Recibir por primera vez el MANUAL DE CONVIVENCIA.
3. Participar activamente en la vida cultural del colegio.
4. Exigir formación ética y moral adecuada para los estudiantes acuerdo con el Proyecto Educativo Institucional (PEI) .
5. Solicitar informes ante quien corresponda, acerca del rendimiento integral y asistencia de sus hijos o acudidos durante su permanencia en la institución.
6. Quejarse ante las autoridades superiores cuando los educadores infrinjan sus obligaciones o extralimiten sus funciones.
7. Exigir para sus hijos o acudidos una nómina de profesores idóneos, responsables y de moral intachable.
8. Participar en la Asamblea y elección de la Junta Directiva de la Asociación de Padres de Familia y pertenecer al Consejo de Padres de familia, a la Escuela de padres, así como también ser elegido como representante ante el Consejo Directivo.
9. Presentar reclamos respetuosos sobre las evaluaciones, sanciones y desarrollo de programas, inasistencia de profesores etc.
10. Recibir tanto cortés y respetuoso por su dignidad como persona y como miembro de la institución.
11. Recibir periódicamente informes sobre el desarrollo de los procesos académicos y formativos de sus hijos.
12. Participar en los proyectos que funcionen en la institución.
13. Tener representación en los distintos organismos legales así como también en aquello que el colegio considere necesario.

COMPROMISOS:
1. Leer y comentar con sus hijos o acudidos el manual de Convivencia.
2. Mantener contacto permanente con la Institución y los educadores de sus hijos y/o representados a fin de conocer sus inclinaciones y capacidades y brindarles permanentemente orientación afectiva.
3. Vigilar cuidadosamente la presentación personal y el uso adecuado del uniforme para que sus hijos se presenten decorosamente a todas las actividades del plantel.
4. Inculcar a sus hijos el respeto, la consideración y la gratitud que el maestro merece sin denigrar de él, para conservar la magnifica relación educador-educando.
5. Controlar el comportamiento de sus hijos fuera el plantel y mantenerse vigilante para que no frecuente lugares, sitios, grupos, bares, billares, cantinas, prostibulos etc, donde se atente contra la moral social, la salud y las buenas costumbres y evitar que deambulen por las calles especialmente en las horas de la noche.
6. Asistir puntualmente a las reuniones programadas.
7. Solicitar con la debida anticipación, los permisos y excusas para justificar las ausencias de sus acudidos.
8. Mantener estricta vigilancia sobre los objetos que llevan a los alumnos al colegio o lo que llevan del colegio al hogar.
9. Cancelar en forma oportuna las pensiones y los compromisos económicos que adquiera con el Instituto.
10. Presentarse oportunamente a las citaciones que previamente le formule el colegio para tratar asuntos de interés.
11. Responder por los daños a la institución o a personas naturales o jurídicas que sean causados intencionalmente debidamente comprobados, cuando sean causados por sus hijos.
12. Compartir y asumir con responsabilidad la filosofía y propósitos del proceso curricular con el propósito de que el proceso educativo que se desarrolla en el colegio continúe en la familia.
13. Brindar a sus hijos el afecto y la confianza que facilite la comprensión, el diálogo, la vivencia pacífica y la solución de sus inquietudes y problemas.
14. Facilitar a sus hijos o acudidos el tiempo que requiera para asistir al colegio, preparar y cumplir sus compromisos académicos.
15. Dotar a sus hijos o acudidos de los elementos necesarios y requeridos para recibir una educación integral y acorde con la filosofía del plantel.
16. Inculcar a sus hijos el uso del uniforme para los fines con que se ha elaborado y abstenerse de usarlo en sitios indecorosos, ni tomarlo como una prenda de vestir diario para todo momento.
17. Hacerse presente en compañía de sus hijos para diligenciar el proceso de la matrícula en las fechas establecidas por la institución.

ESTIMULOS

Recibir público reconocimiento por parte de las directivas del establecimiento, en el momento oportuno, cuando sus acciones a favor del instituto lo ameriten.


DERECHOS COMPROMISOS Y FUNCIONES DE LOS EDUCADORES

DERECHOS

FRENTE AL ESTADO:
Los contemplados en el Estatuto Docente como son:

a. Formar asociaciones sindicales con capacidad legal para representar a sus afiliados en la formulación de reclamos y solicitudes ante las autoridades del orden nacional y seccional
b. Percibir oportunamente la remuneración asignada para el respectivo cargo y grado de escalafón.
c. Ascender dentro de la carrera docente
d. Participar en los programas de capacitación y bienestar social y gozar de los estímulos de carácter profesional y económico que se establezcan.
e. Disfrutar de vacaciones remuneradas.
f. Obtener el reconocimiento y pago de las prestaciones sociales de ley:
g. Solicitar y obtener los permisos, licencias y comisiones, de acuerdo con las disposiciones legales pertinentes.
h. Permanecer en el servicio y no ser desvinculado o sancionado, sino d acuerdo con las normas y procedimientos que se establecen en el presente decreto.
i. No ser discriminado por razón de sus creencias políticas o religiosas ni por distinciones fundadas en condiciones sociales o raciales.
j. Los demás establecidos o que se establezcan en el futuro.

SON TAMBIÉN DERECHOS DE LOS PROFESORES DEL ITI.

• Recibir el trato adecuado a su dignidad profesional reconociendo en él al complementador de la educación que los padres deben a sus hijos.
• Por tanto no es permitido a los Padres de Familia o acudientes, los alumnos ni a ninguna persona en particular, dirigir reconvenciones a los profesores, especialmente en presencia de los alumnos o personas extrañas.
• Disponer oportuna y efectivamente los materiales y elementos que la Institución y los Padres de Familia deben suministrar a los alumnos para la realización y control de las actividades de aprendizaje.
• Disfrutar diariamente del tinto y un refrigerio con cargo al presupuesto del ITI en el periodo de descanso intermedio de la jornada de trabajo.
• Participar en las actividades de construcción del Proyecto Educativo Institucional (PEI)
• Ser escuchado a través de los organismos de comunicación que se establezcan para hallar solución a problemas y pedir asesoría y ayuda para el éxito de su desempeño profesional.
• Elegir y ser elegido a cargos de representación según la ley y el reglamento interno.

COMPROMISOS

En cumplimiento del Artículo 44 del Estatuto Docente son:

a. Cumplir la constitución y las Leyes de Colombia.
b. Inculcar en los educandos el amor a los valores históricos y culturales de la Nación y el respeto a los símbolos patrios.
c. Desempeñar con solicitud y eficiencia las funciones de sus cargos;
d. Cumplir las órdenes inherentes a sus cargos que les impartan sus superiores jerárquicos.
e. Dar un trato cortés a sus compañeros y a sus subordinados y compartir sus tareas con espíritu de solidaridad y unidad de propósito.
f. Cumplir la jornada laboral y dedicar la totalidad del tiempo reglamentario a las funciones propias de su cargo;
g. Velar por la conservación de documentos, útiles, equipos y muebles y bienes que le sean confiados
h. Observar una conducta pública acorde con el decoro y la dignidad del cargo
i. Las demás que para el personal docente determinen las leyes y los reglamentos ejecutivos.

CONSTITUYEN TAMBIEN DEBERES DE LOS PROFESORES
1. Entrar y salir del aula de acuerdo con la duración de los períodos de clases
2. Mantener una adecuada presentación personal
3. Anunciar con anticipación toda tardanza o ausencia prevista e informar debidamente de los casos previstos. En ambas circunstancias se debe legalizar por escrito el permiso o la excusa correspondiente y dejar talleres para que sean ejecutadas por los educandos durante su ausencia.
4. Presentar y entregar a los estudiantes la programación del área o asignaturas a su cargo
5. Programar las evaluaciones de acuerdo con los objetivos, evitando a toda costa la improvisación y la congestión de los compromisos académicos para los educandos.
6. Atender con prestancia y justicia las quejas y reclamos que hagan los educandos y padres y/o los acudientes.
7. Revisar, comentar y corregir, primeramente, los trabajos escritos para luego ser evaluados individual o grupalmente
8. Entregar personalmente las evaluaciones a los estudiantes, resolviendo cuestionarios y dudas e indicando el proceso de refuerzo y nivelación para corregir las deficiencias detectadas en el desarrollo del proceso de aprendizaje. El profesor dispondrá de un termino de tres (3) días hábiles para entregar las evaluaciones a los educandos.
9. Desechar la evaluación como un correctivo disciplinario
10. Registrar en el Instrumento de Control, cada una de las clases dictadas en forma inmediata.
11. Comprobar la asistencia de los estudiantes en cada uno de los períodos de clase a su cargo o informar a la Coordinación de Disciplina las inasistencias detectadas.
12. Informar a la Coordinación Académica con la periodicidad requerida las fallas de rendimiento académico que observe en los estudiantes a su cargo.
13. Velar por la buena disciplina y aseo en su aula de clases, en cualquier otro sitio del colegio o actividad programada
14. Contribuir al desarrollo del Proyecto Educativo Institucional (PEI)
15. Mejorar el proceso educativo mediante el aporte de ideas y sugerencias a través del Consejo Directivo, el Consejo Académico y de Docentes.
16. Abstenerse de corregir trabajos o evaluaciones en horas de clases
17. No fumar dentro de las aulas, talleres y laboratorios del colegio
18. Asistir con prontitud a todos los actos de comunidad
19. Colaborar efectivamente en el control de la disciplina en los casos de formación general y en general en los que se presenten en cualquiera de las dependencias del plantel.
20. Y todas aquellas propias d su cargo.

PROHIBICIONES GENERALES


1. A los docentes les está prohibido abandonar o suspender labores injustificadamente o sin autorización previa (Artículo 45 Decreto 2277/89).
2. Aplicar sanciones colectivas de tipo académico, disciplinario o de conducta
3. Portar armas de cualquier tipo en el interior de la institución.
4. Toda conducta lujuriosa o lasciva dentro d la institución.
5. Denigrar de la institución o de cualquiera de miembros d la comunidad educativa.
6. El acoso sexual
7. La utilización de la cátedra para hacer proselitismo político o religioso.
8. Tratar con palabras ofensivas, groseras o ridiculizar a los educandos
9. Utilizar a los educandos para ponerlos a su servicio personal
10. El cobro de cuotas económicas a los estudiantes, si ellas no han sido previamente autorizadas por el Consejo Directivo.



SON CAUSAS DE MALA CONDUCTA

Artículo 46 del Decreto 2277 de 1989

a. La asistencia habitual al sitio de trabajo en estado de embriaguez o la toxicomanía
b. El homosexualismo a la práctica de aberraciones sexuales
c. La malversación de fondos y bienes escolares o cooperativas
d. El tráfico con calificaciones, certificados de estudio, de trabajo o documentos públicos
e. La aplicación de castigo denigrantes o físicos a los estudiantes.
f. El cumplimiento sistemático de los deberes o la violación reiterada de las prohibiciones
g. El ser condenado por delito o delitos dolosos
h. El uso de documentos o informaciones falsas para inscripción o ascenso en el escalafón, o para obtener nombramientos, traslados, licencias o comisiones.
i. La utilización de la cátedra para hacer proselitismo político
j. El abandono del cargo.

ORGANO FUNCIONES Y FORMAS DE INTEGRACIÓN DEL GOBIERNO ESCOLAR

El Artículo 68 de la Constitución Política le otorgará a la comunidad educativa el derecho a participar en la dirección de las instituciones de educación. El Artículo 142 de la Ley 115 de 1994 establece la conformación del gobierno escolar de la siguiente manera:
“Cada establecimiento educativo del Estado tendrá un Gobierno Escolar conformado:
El Rector
El Consejo Directivo
El Consejo Académico
En el gobierno escolar serán las iniciativas de los estudiantes, de los educadores, de los administradores y de los padres de familia en aspectos tales como adopción y verificación del reglamento escolar, la organización de actividades sociales, deportivas, culturales, artísticas y comunitarias, la conformación de organizaciones juveniles y demás acciones que redunden en la práctica de la participación democrática en la vida escolar.
Los voceros de los estamentos constitutivos de la comunidad educativa, podrán presentar sugerencias para la toma de decisiones de carácter financiero, administrativo y técnico-pedagógico.
Tanto en las instituciones públicas como privadas, la comunidad educativa debe ser informada para permitir una participación seria y responsable en la dirección de las mismas”.
El Artículo 21 del Decreto 1860 de 1994 dice: INTEGRACIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO. El Consejo Directivo de los establecimientos Educativos Estatales estará integrado por:
1. El Rector quien lo convocará y presidirá ordinariamente cuando lo considere conveniente.
2. Dos (2) representantes del personal docente, elegidos por mayoría de los votantes en una asamblea de docentes.
3. Dos (2) representantes de los padres de familia elegidos por la junta directiva de la asociación de padres de familia.
4. Un representante de los estudiantes elegido por el Consejo de Estudiantes, entre los alumnos que se encuentren cursando el último grado de educación ofrecido por la institución.
5. Un representante de los Exalumnos elegido por el Consejo Directivo, de ternas presentadas por las organizaciones que aglutinen la mayoría de ellos o en su defecto, por quien haya ejercido en el año inmediatamente anterior el cargo de representante de los estudiantes.
6. Un representante de los sectores productivos organizados en el ámbito local o subsidiariamente de las entidades que auspicien o participen en el funcionamiento del establecimiento educativo. El representante será escogido por el Consejo Directivo, de candidatos propuestos por las respectivas organizaciones.

PARÁGRAFO 1º. Los administradores escolares podrán participar en las deliberaciones del Consejo Directivo con voz pero sin voto, cuando éste les formule invitación a solicitud de cualquiera de sus miembros.

PARÁGRAFO 2º. Dentro de los primeros 60 días calendario siguientes al de la iniciación de clases de cada período lectivo anual, deberá quedar integrado el Consejo Directivo y entrar en ejercicio de sus funciones. Con tal fin el rector convocará con la debida anticipación, a los diferentes estamentos para efectuar las elecciones correspondientes.

ARTICULO 23 DICE; FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO

Las funciones del Consejo de los establecimientos educativos serán las siguientes:

a. Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento de la institución, excepto las que sean competencia de otra autoridad, tales las reservadas a la dirección administrativa, en el caso de los establecimientos privados;
b. Servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten entre docentes administrativos con los del establecimiento educativo y después de haber agotado los procedimientos previstos en el reglamento o MANUAL DE CONVIVENCIA.
c. Adoptar el Manual de Convivencia y el reglamento d la Institución.
d. Fijar los criterios para la asignación de cupos disponibles para la admisión de nuevos alumnos.
e. Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la comunidad educativa, cuando alguno de sus miembros se sientan lesionados.
f. Aprobar el Plan anual de actualización académica del personal docente presentado por el rector.
g. Participar en planeación y evaluación del Proyecto Educativo Institucional (PEI), del currículo y del plan de estudios y someterlos a la consideración de la Secretaria de Educación respectiva o del organismo que haga sus veces, para que verifique el cumplimiento de los requisitos establecidos por la Ley y los reglamentos.
h. Estimular y controlar el buen funcionamiento de la institución educativa
i. Establecer estímulos y sanciones para el buen desempeño académico y social del alumno que han de incorporarse al reglamento o Manual de Convivencia. En ningún caso puede ser contrario a la dignidad del estudiante.
j. Participar en la evaluación de los docentes, directivos docentes y personal administrativo de la institución.
k. Recomendar criterios de participación de la Institución en actividades comunitarias,, culturales, deportivas y recreativas.
l. Establecer el procedimiento para permitir el uso de las instalaciones en la realización de actividades educativas, culturales, recreativas, deportivas y sociales de la respectiva comunidad educativa.
m. Promover las relaciones de tipo académico, deportivo, y cultural con otras instituciones educativas y la conformación de organizaciones juveniles.
n. Fomentar la conformación de asociaciones de padres de familia y estudiantes.
Ñ Reglamentar los procesos electorales previstos en el presente Decreto.
o. Aprobar el presupuesto de ingreso y gastos de los recursos propios y los provenientes de pagos legalmente autorizados. Efectuados por los padres y responsables de la educación de los alumnos, tales como derechos académicos, uso de libros de textos y similares, y
p. Darse su propio reglamento

ARTICULO 24 DICE: CONSEJO ACADEMICO

Está integrado por el Rector quien lo preside, los directivos docentes y un docente por cada área definida en el plan de estudios. Cumplirá las siguientes funciones:
a. Al servir de órgano consultor del Consejo Directivo en la revisión de las propuestas del Proyecto Educativo Institucional (PEI).
b. Estudiar el currículo y propiciar su continuo mejoramiento, introduciendo las modificaciones y ajustes, de acuerdo con el procedimiento previsto en el presente Decreto.
c. Organizar el Plan de Estudio y orientar su ejecución.
d. Participar en la Evaluación Institucional anual.
e. Integrar los Consejos de Docentes para la evaluación periódica del rendimiento de los educandos y para la promoción, asignarles sus funciones y supervisar el proceso general de evaluación .
f. Recibir y decidor los reclamos de los alumnos sobre la evaluación educativa y,
g. Las demás funciones afines y complementarias con las anteriores que le atribuye el Proyecto Educativo Institucional (PEI).

ARTICULO 25 DICE: FUNCIONES DEL RECTOR. Le corresponde al Rector del Establecimiento educativo:

a. Orientar la ejecución del Proyecto Educativo Institucional (PEI) y aplicar las decisiones del gobierno escolar.
b. Velar por el cumplimiento de las funciones docentes y el oportuno aprovechamiento de los recursos necesarios para el efecto.
c. Promover el proceso continuo de mejoramiento de la calidad de la educación en el establecimiento.
d. Mantener activas las relaciones con las autoridades educativas, con los patrocinadores auspiciadores de la Institución y con la comunidad local, para el continuo progreso académico de la institución y el mejoramiento de la vida comunitaria.
e. Establecer canales de comunicación entre los diferentes estamentos de la comunidad educativa.
f. Orientar el proceso educativo con la asistencia del Consejo Académico.
g. Ejercer las funciones disciplinarias que le atribuyen la ley, los reglamentos y el Manual de Convivencia.
h. Identificar las nuevas tendencia, aspiraciones e influencias para canalizarlas a favor del mejoramiento del Proyecto Educativo Institucional (PEI).
i. Promover actividades de beneficio social que vinculen al establecimiento con la comunidad local,
j. Aplicar las disposiciones que se expidan por parte del Estado, ateniente a la prestación del servicio público educativo, y
k. Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el Proyecto Educativo Institucional (PEI).

ARTICULO 28 DICE: “PERSONER DE LOS ESTUDIANTES”: En todos los establecimientos educativos el personero de los estudiantes será un alumno que curse el último año (Grado) que ofrezca la institución, encargado de promover el ejercicio de los deberes y derechos de los estudiantes consagrados en la Constitución Política,, las leyes, los reglamentos y el Manual de Convivencia.
El personero tendrá las siguientes funciones:
a. Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes, para lo cual podrá utilizar los medios d comunicación interna del establecimiento, pedir la colaboración del Consejo de estudiantes, organizar foros u otras formas de deliberación.
b. Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presten los educandos sobre lesiones a sus derechos y las que formule cualquier persona de la comunidad sobre el cumplimiento de las obligaciones de los alumnos;
c. Presentar ente el rector o el Director Administrativo, según sus competencias, las solicitudes de oficio o a petición de parte que considere necesaria para proteger los derechos de los estudiantes y facilitar el cumplimiento de sus deberes, y
d. Cuando lo considere necesario, apelar ante el Consejo Directivo o el organismo que haga sus veces, las decisiones del rector respecto de las peticiones presentadas por su intermedio.

El Personero de los estudiantes será elegido dentro de los treinta días calendarios siguientes al de la iniciación de clases de un período lectivo anual. Para tal efecto el rector convocará a todos los estudiantes matriculados con el fin de elegirlo por el sistema de mayoría simple y mediante voto secreto.

El ejercicio del cargo del personero de los estudiantes es incompatible con el representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo.

ARTICULO 29 DICE: CONSEJO DE ESTUDIANTES.

En todos los establecimientos educativos el Consejo de Estudiantes es el máximo órgano colegiado que asegura y garantiza el continuo ejercicio de la participación por parte de los educandos.
Estará integrado por un vocero de cada uno de los grados ofrecidos por el establecimiento o establecimientos que comparten un mismo Consejo Directivo.
El Consejo Directivo deberá convocar una fecha dentro de las cuatro primeras semanas del calendario académico, sendas asambleas integradas por los alumnos que cursan cada grado, con el fin de que elijan
De su seno mediante votación secreta, un vocero estudiantil para el año lectivo en curso.
El Consejo Directivo reglamentará todo lo concerniente al proceso electoral interno de la institución.


CONDICIONES DE INGRESO AL PLANTEL

INSCRIPCIONES

Se pueden inscribir para ser admitidos como estudiantes de la institución.

1. Los jóvenes que hayan aprobado el Nivel Educación Básica Primaria y cumplan los procedimientos y requisitos establecidos por la Ley 115 de 1994 y el Decreto 1860 de 1994 y el Proyecto Educativo Institucional (PEI).
2. Quienes habiendo sido estudiantes de un centro educativo dejen de serlo por razones diferentes a las académicas o disciplinarias, siempre y cuando no sobrepasen el 7º. Grado, por razones de las condiciones especiales de la Modalidad.
3. Quienes habiendo iniciado estudio en otra institución de la misma Modalidad en e país o en extranjero y cuyos programas estén autorizados por el MEN soliciten transferencia a nuestro instituto, siempre y cuando haya disponibilidad de cupos y recursos.
4. La diligencia de inscripción debe realizarse en la rectoría de la institución, dentro de los plazos fijados en el calendario académico.
5. El valor de los Derechos de Inscripción será fijado por el Consejo Directivo.
6. La inscripción es un proceso legal únicamente para el período académico en el cual se realiza y su valor no es reembolsable ni transferible en ningún caso.

ADMISIONES.

La institución admitirá como estudiantes a los jóvenes previamente y que hayan cumplido los procedimientos y requisitos legales establecidos por el plantel en el proceso de inscripción , para con ello dar cumplimiento a la norma constitucional sobre el derecho a la educación . El Consejo Directivo tiene a su cargo el proceso de reglamentación de todo lo concerniente a la admisión.

MATRICULA

La matricula es la diligencia en virtud de la cual se produce la relación administrativa académica entre la institución y el estudiante y su familia, la cual tiene su origen en la manifestación voluntaria del estudiante de comprometerse a cumplir lo establecido en el Proyecto Educativo Institucional (PEI). Manual de Convivencia y demás disposiciones de la institución.
La matrícula adquiere vigencia a partir del momento en que se lleva a cabo el momento en que culminan las actividades académicas del respectivo año lectivo.
El estudiante personalmente con el padre de familia y/o acudiente debe diligenciar y cumplir en su totalidad los trámites establecidos para la diligencia de la matrícula.
La institución fijará públicamente el calendario de matrícula, en donde especifica fechas, requisitos y procedimientos a seguir.

MATRICULA DE ALUMNOS NUEVOS:

Para legalizar la matrícula de un estudiante nuevo se necesita:

Certificados de estudios de los grados anteriores al cual aspira ingresar.
Registro civil de nacimiento
Certificado Médico
Dos fotos tamaño cédula
Cancelar los derechos de matrícula y demás servicios educativos
Un fólder tamaño oficio con su respectivo gancho.

DISPOSICIONES VARIAS

1. Uniforme de diario que regirá aún en el caso de consideración por luto
Hombres:
Pantalón turquí - Suéter blanco de algodón con cuello verde y lista verde en los puños, zapatos negros sin adornos, medias negras.
Mujeres:
Jardineras a cuadros blancos y verdes
Camisa blanca manga corta, zapatos negros sin adornos medias blancas (media pierna)
Peinado sencillo.

2. El uniforme de Educación Física y Deportes:
Sudadera verde con listas blancas
Suéter blanco con bordes verdes en el puño y cuello, zapatos tenis blancos, medias blancas
Esta indumentaria es igual para hombres y mujeres

3. El uniforme para Talleres:
Bombero color turquí, zapatos negros
En el caso específico del Taller de Dibujo, los estudiantes de la Especialidad deben portar batas
Blancas que deben llegar a la altura de la rodilla.
El horario de clases en cada jornada es el siguiente:
Jornada de la mañana: 6:45 a.m. 1:00 p.m. (8 periodos diarios)
Jornada de la Tarde : 1:10 p.m. 7:25 p.m. (8 periodos diarios)

4. El estudiante debe presentarse a la institución cinco (5) minutos antes del toque de entrada
vistiendo el uniforme en perfecto estado de conservación y limpieza y portando el carnet que le
identifica.

5. Los estudiantes deben conocer los diferentes toques del timbre o de campana, así:
Un (1) toque, es para entrar a clases o cambiar en cada período
Dos (2) toques, descanso o recreo.
Tres (3) toques para marcharse a casa
Cuatro (4) toques para reunión general de la comunidad.

6. Ningún alumno será juzgado dos veces por la misma falta.



7. Toda sanción tendrá un interés formativo y al aplicarla se buscará el desarrollo integral del estudiante, nunca se lesionará su integridad física, moral, mental o social y se tendrá muy en cuenta su dignidad humana.
8. Los educandos podrán promover agrupaciones culturales, deportivas, científicas, sociales o gremiales, que no vayan en detrimento de la institución o de alguno de sus estamentos.
9. Para efectos de concesión de cupos nuevos y renovación de matrículas para estudiantes repitentes, el Consejo Directivo seleccionará las solicitudes, con observancia del presente Manual y de acuerdo con los criterios que fije.
10. El número de estudiantes por grupo será d (40) cuarenta, sin embargo, por circunstancias especiales podrá aumentarse en algunos grupos, pero en ningún caso podrá exceder de cuarenta y cinco (45) alumnos.
11. Frente al exceso de solicitudes para acceder a un número limitado de cupos se tendrá en cuenta los méritos académicos, conductal y disciplinario del solicitante, además, de los que considere el Consejo Directivo.
12. Las infracciones disciplinarias no afectarán el aspecto académico.
13. Todo estudiante que sea involucrado en actos de indisciplina tendrá derecho a rendir los descargos correspondientes antes de que se le aplique cualquier sanción.
14. De acuerdo con la gravedad de alguno de los aspectos considerados como causal de mala conducta y previo descargo del estudiante infractor, se podrá establecer sanciones de hasta tres (3) días hábiles de retiro del plantel. Lo anterior se ejecutará mediante Resolución motivada del Consejo Directivo con copia a la dirección de Núcleo y Secretaria de Educación Municipal.
15. La comisión de toda falta por parte de los educandos deberá ser registrada en el libro OBSERVADOR del alumno. En el libro de actas del Coordinador de Disciplina o Académico, a partir de la amonestación verbal y ser motivo de seguimiento por parte de orientación y Consejería Escolar.
16. Los educandos cuya conducta les haya sido afectada durante el año o que hayan sido sancionado con no renovación de matrícula para el próximo año y que posteriormente haya modificado favorablemente su comportamiento podrá el Consejo Directivo de la institución revisadas su situación.
17. Los estudiantes que reprobaron el año escolar siendo repitentes o que repitiendo un grado se retiren sin justa causa y con más de tres (3) asignaturas reprobadas no será admitido durante el año siguiente, al termino del cual se le estudiará su solicitud de reingreso siempre y cuando haya avanzando al grado siguiente:
18. Todas aquellas faltas que sean consideradas de alguna gravedad por profesores y Directivas de la institución y no estén contempladas en el presente Manual, serán sometidas a estudio y se les aplicarán los correctivos y/o sanciones que el caso amerite.
19. El conocimiento de las normas establecidas en el presente Manual son de carácter obligatorio para los miembros de la comunidad educativa y su desconocimiento no exonera de responsabilidades a los infractores.
20. Al firmar la matrícula tanto estudiantes como padres de familia o acudientes se comprometen a acatar las disposiciones del presente manual.
21. El presente Manual tiene vigencia a partir de la fecha y sufrirá modificación, luego de exhaustiva revisión que realice un Comité integrado por representantes de los diferentes estamentos de la institución.



COMPROMISOS PERMANETES COMO ALUMNOS DEL INSTITUTO TÉCNICO INDUSTRIAL “JUAN FEDERICO HOLLMANN”

Mi condición de estudiante Itiano me ubica en lugar prominente que debo responder con dignidad, de acuerdo con las normas sociales y morales de nuestra sociedad, por lo cual me comprometo con mi colegio así:
1. Usaré correctamente el uniforme de diario con pulcritud y elegancia.
2. Asistiré puntualmente a clases de acuerdo con el horario d mi jornada.
3. Por razones de seguridad no traeré alhajas no objetos de valor al colegio.
4. Cumpliré a conciencia con mis tareas, mis trabajos y los actos culturales que se programen en la institución.
5. Tendré presente siempre las normas de urbanidad, buenas costumbres y convivencia social y daré a las personas el tratamiento respetuoso que s merecen.
6. No portaré armas ni objetos que atenten contra la integridad física de las personas.
7. Como estudiante Itiano tendré en cuenta que la sencillez debe ser una virtud debe ser demostrable
 
I.E.T.I.  
   
Nuestra Misión  
  Como institución educativa con modalidad técnica industrial, a través de las especialidades de Dibujo Técnico, Ebanistería, Electricidad, Metalistería, Fundición, Mecánica Industrial, y Mecánica Automotriz, formamos personal de manera integral, basados en los fines de la educación colombiana, fomentando el desarrollo humano, científico, técnico y tecnológico para que los educandos acceden a estudios superiores o se desempeñe en el campo laboral.  
Nuestra Visión  
  Mediante el fomento de lo humano, científico, técnico y tecnológico a través de las especialidades que ofrece la modalidad técnica industrial, vemos una institución donde: - En lo humano: las personas asumen responsabilidades, promueven valores sociales, respetan los derechos humanos. - En lo científico: adquieren conocimientos y competencias para acceder a la educación superior con altos niveles de calidad y competitividad. - En lo técnico: adquieren habilidades, destrezas y competencias laborales para desempeñarse en el sector productivo. - En lo pedagógico: la institución ofrece programas y proyectos de calidad que llevan a la excelencia académica y técnica. - En lo tecnológico: una persona abierta al cambio y que se apropia de los avances tecnológicos. - En lo organizativo y la gestión administrativa: la institución tiene garantizada la permanencia y calidad de las siete especialidades existentes que ofrece la modalidad técnica industrial hoy, brindando servicios y bienes de calidad en las siete especialidades, dotándolas de maquinarias y equipos acordes con las demandas sociales e innovaciones técnicas y tecnológicas.  
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